UNIDAD CENTRAL OPERATIVA DE LA JEFATURA DE POLICIA JUDICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
La estructura orgánica de la Guardia Civil se regula en los siguientes reales decretos: Real Decreto 1823/2011, Real Decreto 1887/2011, y el Real decreto 400/2012. En ellos se modifican y desarrollan la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (haciendo referencia en el siguiente articulado, exclusivamente, al Ministerio del Interior). La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil establece, en sus artículos 6.2 d) y 10, la Jefatura de Policía Judicial como dependiente del Mando de Operaciones. Como unidad dependiente de la Jefatura de Policía Judicial encontramos a La Unidad Central Operativa. Su regulación en el art 10.2 a) de la citada orden, es la siguiente: Artículo 10. Jefatura de Policía Judicial.- De la Jefatura de Policía Judicial dependen:
- Unidad Central Operativa. Tiene como misión investigar y perseguir los asuntos relacionados con la delincuencia grave, nacional e internacional y aquella otra cuyas especiales características así lo aconsejen; así como establecer y mantener el enlace, coordinación y colaboración con otros servicios afines, nacionales e internacionales, en el desarrollo de sus investigaciones, haciendo propuestas a la Jefatura de Policía Judicial sobre la gestión de la información de carácter operativo procedente de estos servicios.