05 Mar La Unidad de Investigación Tecnológica
El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior regula en su artículo 3 la Dirección General de la Policía Nacional.
En la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, se desarrolla dentro de esta Dirección General, en su artículo 7 la Comisaría General de Policía Judicial.
Dentro de la Comisaría General de Policía Judicial se establece un órgano especializado en la investigación tecnológica. La llamada:
Unidad de Investigación Tecnológica.
Esta unidad asume la investigación y persecución de las actividades delictivas que impliquen la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y el ciberdelito de ámbito nacional y transnacional, relacionadas con el patrimonio, el consumo, la protección al menor, la pornografía infantil, delitos contra la libertad sexual, contra el honor y la intimidad, redes sociales, fraudes, propiedad intelectual e industrial y seguridad lógica. Actuará como Centro de Prevención y Respuesta E-Crime del Cuerpo Nacional de Policía.
De esta Unidad dependerán:
a) La Brigada Central de Investigación Tecnológica (B.I.T.), a la que corresponde la investigación de las actividades delictivas relacionadas con la protección de los menores, la intimidad, la propiedad intelectual e industrial y los fraudes en las telecomunicaciones.Es la Unidad policial destinada a responder a los retos que plantean las nuevas formas de delincuencia tecnológica (pornografía infantil, estafas y fraudes por Internet, fraudes en el uso de las comunicaciones, ataques cibernéticos, piratería).
b) La Brigada Central de Seguridad Informática la que corresponde la investigación de las actividades delictivas que afecten a la seguridad lógica y a los fraudes.