Oposiciones nacionales y Formación Profesional | Orden INT/558/2019, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía

Orden INT/558/2019, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía

23 May Orden INT/558/2019, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía

La Orden INT/558/2019, de 16 de mayo, por la que se modifica la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, establece que  se hace necesario abordar una modificación de la relación de puestos fronterizos incluida en el anexo IV de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero.

En el anexo IV de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan los puestos fronterizos, se sustituirá el Aeropuerto de San Javier por el Aeropuerto de la Región de Murcia, cuyo órgano de adscripción será la Jefatura Superior de Policía de la Región de Murcia.

La Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General de la Policía, atribuye a la Policía Nacional las funciones de gestión, coordinación y control, relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional, y al régimen de fronteras, así como la coordinación, en los puestos fronterizos, de aquellas otras que la legislación vigente atribuye a la Policía Nacional. El anexo IV de la mencionada orden contiene la relación de puestos fronterizos, entre los que se encontraba inicialmente el Aeropuerto de San Javier, con plantilla adscrita a la Jefatura Superior de Policía de la Región de Murcia.

Como consecuencia del cierre al tráfico civil de la Base Aérea de Murcia-San Javier, se excluyó a la misma de su condición de aeropuerto facilitado y de la correspondiente lista de aeropuertos designados con tal condición, cuestión que dispone en su apartado primero la Orden FOM/1408/2018, de 19 de diciembre, por la que se designa el Aeropuerto de la Región de Murcia como aeropuerto facilitado y se excluye de tal condición a la Base Aérea abierta al tráfico civil de Murcia-San Javier, a cuyo efecto se modifica el anexo I del Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos españoles.

Posteriormente, la Orden PCI/7/2019, de 11 de enero, por la que se habilita el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo, lo declara frontera exterior Schengen, teniendo a todos los efectos la consideración de paso fronterizo para autorizar el acceso o la salida del territorio Schengen desde o hacia Estados no firmantes del Convenio para la Aplicación del Acuerdo de Schengen.

Asimismo, durante el período transcurrido desde la aprobación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, se ha modificado la denominación oficial de varios de los aeropuertos y puertos que se encuentran actualmente habilitados como puestos fronterizos.